Policías de la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género (CEVDyG) remitieron a la justicia a un hombre de 47 años por agredir físicamente y amenazar a su pareja. Este sujeto fue detenido por efectivos de Seccional 1ª tras ser derivados por el Servicio de Emergencias 911. El hombre fue conducido a la unidad especializada para desarrollar la investigación. Cumplidas las instancias con el juez Gabriel Espino y luego con la doctora Beatriz Protesoni, desde el Juzgado de 1er Turno se emitió la sentencia de G.T.I. por su responsabilidad penal en un delito de violencia doméstica agravada en concurso formal, con un delito de lesiones personales. El imputado cumplirá con diez meses de prisión bajo libertad a prueba. Los primeros cinco meses bajo arresto domiciliario total y los siguientes cinco meses condicionado a residir donde sea posible la supervisión, sujeción a la orientación y vigilancia permanente por parte de la Dirección Nacional de Medidas Alternativas (DINAMA), presentándose en la seccional policial correspondiente a su domicilio una vez por semana. A su vez deberá prestar servicios comunitarios durante cinco meses, dos horas a la semana, teniendo prohibido todo tipo de comunicación y acercamiento con la víctima por sí o por interpuesta persona, en un radio de 500 metros por el término de la pena. La sentencia establece el porte de un dispositivo de monitoreo electrónico por diez meses, prohibición de salir del país por el mismo plazo y por concepto de reparación patrimonial a la víctima, se dispone 12 ingresos mensuales del condenado o en su defecto doce salarios mínimos, sin perjuicio de seguir la vía procesal correspondiente para obtener la reparación integral del daño. Una vez cumplida la pena, el condenado no podrá acercarse ni comunicarse con la víctima por el término de 180 días en un radio de 500 metros.