“Tengo el agrado de dirigirme al señor intendente a fin de comunicarle que venció el plazo de que disponía la Cámara de Representantes para expedirse sobre el recurso de apelación interpuesto por varios ediles de la Junta Departamental de Lavalleja contra la resolución Nº 1697/026 de esa Intendencia y, por tanto, se entiende como no interpuesto”, señala la nota oficial Nº 7577 de la Cámara de Representantes, en torno al planteo formulado por ediles del Partido Nacional sobre la colocación de la placa de señalización de memoria instalada a fines de mayo frente al Batallón de Infantería Nº11 “Brigadier General Juan Antonio Lavalleja”.

La comunicación, remitida al Intendente Departamental Daniel Ximénez, está firmada por Rodrigo Goñi Reyes y Emiliano Metediera, presidente y secretario, respectivamente, de la Cámara de Representantes.

Cronología

En junio de 2025 se anunciaba que integrantes de la Comisión Departamental de Sitios de Memoria solicitarían la colocación de una placa en avenida Artigas, frente al cuartel del Batallón de Infantería N°11 de Minas, en recordación de las violaciones de los Derechos Humanos de más de 150 personas, en su gran mayoría vecinos del departamento, quienes sufrieron allí maltratos y torturas, al amparo de la Ley Nº 19.641 (Declaración y creación de Sitios de Memoria histórica del pasado reciente). En diciembre del año pasado, integrantes de dicha comisión compartieron la inquietud ante la Comisión de Recepción de la Junta Departamental de Lavalleja (JDL), solicitando que el legislativo departamental se expidiera en forma unánime acerca del pedido, haciendo notar que hasta ese momento solo los departamentos de Lavalleja, Flores y Rivera no contaban con placas de la memoria.

En abril de 2026, integrantes de la Comisión de Sitios de Memoria se reunieron con autoridades departamentales, en la continuidad del trámite correspondiente ante la Intendencia Departamental de Lavalleja (IDL) y a la JDL.

También en abril de este año, luego de un prolongado y arduo debate en el legislativo departamental, se aprobó la colocación de la placa de señalamiento de memoria, conteniendo el siguiente texto: «Este edificio del Batallón de Infantería Nº11 fue centro de tortura entre 1968 y 1984. Nunca más terrorismo de Estado. Ley Nº 19.641. Comisión Sitios de Memoria de Lavalleja», la cual fue instalada y oficialmente inaugurada el viernes 29 de mayo. A los pocos días, la misma fue vandalizada, originándose el repudio generalizado en nuestra comunidad.

Recurso interpuesto

Promediando el mes de mayo, integrantes de la bancada del Partido Nacional ante la JDL, en conferencia de prensa efectuada en la sede de la Departamental Nacionalista, anunciaban que interpondrían recursos administrativos contra la colocación de placa de la memoria, recurriendo para ello a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración de la Cámara de Representantes, ante la cual comparecieron los ediles Gabriel Gutiérrez, María Noel Pereira, Ana Laura Nis y Carol Aviaga, junto con los doctores Marcelo Nievas y Augusto Durán Martínez, sus asesores jurídicos, anteponiendo un recurso de apelación, amparados en el artículo 303 de la Constitución de la República. En representación de la citada comisión participaron los diputados Mario Colman (presidente), Graciela Barrera, Paula de Armas, Diego Echeverría, Joaquín Garlo, Juan Martín Jorge, Margarita Libschitz Fabricio Núñez y Alejandro Zavala. También asistieron Analía Basaistegui (Partido Nacional) y Rossana Jaimés (Frente Amplio).

«Consideramos que sucedió algo que, según nuestro parecer, fue irregular», declaró la edila Aviaga en este ámbito, agregando que «no estamos de acuerdo con las formas con las que se generó una acción en la vía pública». María Noel Pereira, en el mismo sentido, añadió que el recurso presentado se debía a «un error grave de derecho en cuanto a las mayorías requeridas por la normativa vigente a efectos de levantar un monolito».

Para el doctor Augusto Durán Martínez, «estamos ante un decreto con fuerza de ley en su jurisdicción y la obra está acabada, por lo que ya sabemos qué es la obra». Afirmó que se trata de «un monumento», remitiéndose a la Real Academia Española sobre el significado del término, para luego remitirse a la Ley N° 9.515 (Ley Orgánica Municipal), la cual, en su artículo 37, establece: «Queda prohibido a los Intendentes, sin perjuicio de las otras limitaciones que establece la ley: […] 3º Levantar monumentos o estatuas o autorizar su erección en sitios de uso público, salvo que así lo resolviesen los dos tercios de la Junta Departamental».

«Lo que está prohibido es levantar monumentos, pero la Junta, por dos tercios de votos puede levantar esta prohibición», amplió Durán Martínez y remarcó que «no se llegó a esos dos tercios de votos -corresponde a 21 miembros-, sino que contó con la aprobación de 16 votos. Esto implica que no se formó la voluntad orgánica».

Argumentación

La Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración de la Cámara de Representantes recibió también a representantes de la IDL, en ese momento la intendenta interina, la doctora Arianna Bentos, y el doctor Ramiro Prieto, director de Jurídica, así como también a representantes de la JDL (JDL), Mauro Álvarez, presidente, y Julio Serrón Pedotti, asesor letrado del legislativo departamental.

«Para nosotros no hay duda de que la placa de memoria debe estar donde está, y desde el principio fue intención de la Intendencia que eso ocurriera», expresó Bentos, quien recordó que el trámite «comenzó en el gobierno anterior, cuando el intendente era el escribano Vergara» y que el mismo «continuó y ocurrieron todos estos sucesos. La placa ya está colocada. Nosotros estamos seguros de que debe estar allí, pero entendemos el tema jurídico que hay en el medio, y por eso trajimos a nuestros asesores, para que ellos defiendan la posición», declaró la jerarca.

Álvarez estableció que «tanto en el fondo como en la forma se cumplió con todas las garantías de la ley; se cumplieron todos los pasos y más aun teniendo en cuenta lo que es, no solamente lo que representa -vamos a separar lo sentimental de lo estrictamente jurídico-; jurídicamente se hicieron todos los pasos, como lo indican tanto el numeral 3 del artículo 37 de la Ley Orgánica Municipal Nº 9.515, como otras normas constitucionales». Por lo tanto, «al amparo de la legislación vigente y de cuestiones internacionales respecto a lo que es o a los fines que persigue nada más y nada menos que la Comisión Nacional y Departamental de Sitios de Memoria, consideramos que se procedió de una manera legal, legítima y, además, dando un tratamiento legislativo acorde al tema que se estaba abordando».

Prieto declaró que Lavalleja «actuó completamente ajustada a derecho, en este caso a partir de la autorización para la instalación de la placa». Hizo notar que es la Comisión Nacional de Sitios de Memoria, el Estado Uruguayo, «el que dispuso la colocación de la placa no la Intendencia de Lavalleja», que «operativizó el sitio para ver, desde el punto de vista urbanístico, cuál era la implementación de esa placa».

Serrón Pedotti reiteró, tal cual informara al plenario de la JDL, que «la instalación de la placa de la memoria no debe tener tratamiento legislativo» porque el literal A) del artículo 18 de la Ley Nº 19.641 «dispone bien claro que, declarado un Sitio de Memoria histórica, el Estado es quien coloca la placa, que está definida en la norma como ‘expresión material simbólica’». Reafirmó que «al no ser monumento, estatua o monolito, no debe pasar por la norma o requisito previsto por el numeral 3 del artículo 37 de la Ley Nº 9.515». El tema fue analizado en la comisión y en los últimos días se conoció la resolución comunicada porel Presidencia de la Cámara de Representantes al Intendente de Lavalleja, el doctor Daniel Ximénez, sin hacer lugar al planteamiento formulado por ediles del Partido Nacional.

“Hoy hablan los documentos”

“Hoy (22 de setiembre de 2026) recibimos una comunicación de la Cámara de Representantes que deja claro que el recurso de apelación presentado contra la resolución de la Intendencia de Lavalleja no fue interpuesto en los términos correspondientes, al haber vencido el plazo constitucional para que la Cámara se expidiera.

En otras palabras, el cuestionamiento no prosperó.

Y esto también confirma algo que sostuvimos desde el principio: la colocación de la placa de señalamiento de memoria no tenía nada de qué disculparse.

No hay razón para pedir perdón por defender la memoria, la verdad y la justicia. Mucho menos por recordar a quienes sufrieron el terrorismo de Estado.

Algunos hablaron de ilegalidades y hasta reclamaron disculpas. Nosotros elegimos otro camino: esperar, respetar los procedimientos y dejar que los hechos y los documentos hablaran.

Y hoy hablan.

Un saludo enorme a la Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria y especialmente a los compañeros y compañeras de la Comisión de Lavalleja, por el compromiso, la perseverancia y la convicción.

Porque la memoria no se negocia.

Tu lucha es y será siempre nuestra lucha.

Memoria, Verdad y Justicia.

Nunca más terrorismo de Estado”.

Mauro Álvarez

Edil departamental por el Frente Amplio, presidente de la Junta Departamental de Lavalleja.