A efectos de financiar políticas para la reducción de la pobreza infantil y adolescente, el PIT-CNT propuso la creación de una sobretasa del Impuesto al Patrimonio de las Personas Físicas (IPPF). La iniciativa fue rechazada por parte de la Confederación de Cámaras Empresariales.
En nuestro país, el Impuesto al Patrimonio de las Personas Físicas (IPPF) tiene sus raíces en la Ley Nº13.241, de 1964, más allá de haber experimentado modificaciones significativas a lo largo del tiempo. El impuesto fue implementado inicialmente ese año por parte del Consejo Nacional de Gobierno como un impuesto de emergencia y por una sola vez, aplicable tanto a personas físicas como jurídicas, pero a partir del 1 de enero de 1965, con la Ley Nº13.319, los tributos establecidos en la ley anterior adquirieron carácter permanente y se destinaron a Rentas Generales.
La reforma tributaria de 2007 (Ley Nº 18.083), con vigencia desde el 1 de julio de 2007, modificó sustancialmente el sistema tributario, incluyendo aspectos del Impuesto al Patrimonio, reestructurándose varios impuestos, entre ellos el IRPF. Actualmente, el impuesto se rige por las disposiciones contenidas en el Título 14 del Texto Ordenado 1996 y sus modificaciones. El hecho generador del impuesto es la existencia de un patrimonio neto al 31 de diciembre de cada año que supere los mínimos no imponibles establecidos por la normativa vigente.

MOTIVACIONES DEL PIT-CNT
La iniciativa de la central obrera uruguaya se gestó a partir del trabajo de una comisión consultiva que elaboraría una propuesta tributaria orientada a obtener fondos públicos adicionales para contribuir a enfrentar una de las principales manifestaciones de la desigualdad económica que enfrenta nuestro país: la pobreza en hogares con niños, niñas y adolescentes, ya que «como lo atestiguan numerosos estudios, la pobreza en Uruguay se manifiesta en múltiples dimensiones que van más allá del ingreso, y su concentración en hogares con niños persiste desde hace varias décadas». El documento elaborado establece que, en 2024, los ingresos del 17,3% de las personas en Uruguay se ubicaban por debajo de la línea de pobreza; esta cifra asciende al 18,9% si se toma en cuenta el indicador oficial de pobreza multidimensional. En el caso de los menores de seis años, la incidencia de la pobreza fue de 32,2%; uno de cada tres niños de cero a seis años vive en hogares con ingresos por debajo de la línea de pobreza. La vulnerabilidad a la pobreza (monetaria y multidimensional) alcanza aproximadamente al 40% de la población. Por otra parte, el ingreso y la riqueza muestran una fuerte concentración: el 1% de mayores ingresos percibe el 15% del ingreso total, equivalente al ingreso del 50% más pobre, en tanto que posee entre el 37% y el 39% del patrimonio total del país.
ETAPAS
Se propone crear una figura impositiva acoplada al actual Impuesto al Patrimonio de las Personas Físicas (IPPF), denominada sobretasa del IPPF, cuyos recursos se volcarán a un fondo estatal cuyas características serán definidas a partir de una propuesta del Consejo Nacional de Políticas Sociales, en consulta con el Consejo Nacional Consultivo Honorario de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, siendo públicamente controlable para que esté destinado estrictamente a solventar políticas de reducción de la pobreza de hogares con niños, niñas y adolescentes.
En una segunda etapa, se buscará avanzar en una revisión integral del sistema tributario actual, que dote de una mayor capacidad redistributiva a sus componentes de imposición a la renta y la riqueza.
En la elaboración de la propuesta se consideró necesario tomar recaudos para que la sobretasa no implique un incremento en la presión impositiva que actualmente recae sobre los trabajadores ni sobre los activos afectados a las actividades productivas en general, sino que afecte exclusivamente a aquellos activos que generan rentas pasivas, en el sentido de una mayor justicia. «Más allá de las posibles consideraciones sobre su impacto, entendemos que esta iniciativa es una señal política importante para un debate imprescindible», se afirma desde el PIT-CNT.
FUENTE DE RECURSOS
Las estimaciones disponibles señalan que aproximadamente las 25.000 personas de mayor patrimonio de nuestro país poseen entre 1 millón y algo más de 1.000 millones de dólares, por lo que podría significar una valiosa fuente de recursos para el despliegue de las políticas públicas de combate a la pobreza infantil mencionadas. El objetivo de gravar el patrimonio de las personas con un patrimonio neto superior a un millón de dólares es parte de una agenda de reforma tributaria que, se entiende, Uruguay tiene pendiente.
IMPACTOS ESPERABLES
Se contempla que, si el impuesto está bien diseñado, un aumento del 1% en la tasa podría hacer que la riqueza declarada baje entre un 7% y un 17%. En lugares como Suiza, Cataluña y Dinamarca, reducir el impuesto un 1% redunda en que la riqueza reportada suba mucho (43%, 32% y 21%, respectivamente), pero es consecuencia de cambios en las declaraciones fiscales más que de un genuino crecimiento de los patrimonios. Las respuestas comportamentales a atender con mayor cuidado refieren a la capacidad de evasión, empleando cuentas en el extranjero y paraísos fiscales, por lo que «estos aspectos deben abordarse cuidadosamente».
Como mínimo no imponible para la sobretasa propuesta, se propone que los sujetos pasivos liquiden el impuesto sobre el excedente del mínimo no imponible, equivalente a 1 millón de dólares estadounidenses, que es el umbral aproximado para ingresar al 1% más rico de la población. Para ello, el Poder Ejecutivo deberá fijar anualmente el mínimo no imponible para personas físicas y sucesiones indivisas, ajustándolo en función de las variaciones que se produzcan en el IPC del ejercicio gravado y a la cotización del dólar.
El actual IPPF tiene un mínimo no imponible de 6.381.000 pesos, unos 150.000 dólares, gravando fundamentalmente activos inmobiliarios, a una tasa del 0,1%. La sobretasa del IPPF podría adoptar diferentes formas, con diferentes perfiles de progresividad. Definido el mínimo no imponible en 1 millón de dólares, la progresividad viene dada por la definición de los tramos de patrimonio y de las tasas aplicadas.
EL ENÉRGICO RECHAZO DE LA CONFEDERACIÓN DE LAS CÁMARAS EMPRESARIALES
Conocida la iniciativa del PIT-CNT, la Confederación de Cámaras Empresariales (CCE) del Uruguay se opuso a la propuesta de aplicar una sobretasa del 1% al Impuesto al Patrimonio de las Personas Físicas (IPPF) para financiar políticas contra la pobreza infantil, calificando a la iniciativa de “peligrosa” y de un “ataque” al sector productivo. Argumentan que, en caso de aplicarse, desincentivará la inversión, fomentará la fuga de capitales y no es la solución real para los problemas del país, proponiendo en su lugar reducir el gasto público y mejorar la competitividad. Consideran que la medida generaría incertidumbre y que tiene consecuencias negativas para la inversión y para la economía. Sostienen que gravar a los más ricos no resuelve la pobreza, sino que castiga el éxito y a la generación de riqueza. Abogan por reducir el gasto público ineficiente, mejorar la productividad y la competitividad y no buscar más impuestos. Temen que la propuesta impulse a los empresarios a invertir fuera del país o a no hacerlo. Diego O'Neill, su presidente expresó que lo referido a jubilaciones y a pensiones “es un tema laudado” tras el plebiscito convocado por el PIT-CNT. Respecto al planteo hecho público por la central sindical durante el 1º de Mayo, Día de los Trabajadores, en cuanto a crear un impuesto a la ganancia de las empresas, indicó que, para la organización que preside, “la carga impositiva ya es alta; el país tiene que reducir su gasto público y hacer un uso más eficiente de los recursos”. Sobre la reducción de la jornada laboral, consideró que, si bien hay sectores en los que se podría evaluar su implementación, no es un tema para el Uruguay de hoy. “No pensamos que en el contexto del Uruguay de hoy el camino sea el de la reducción de la jornada. Es un planteo que no cuaja, que no es oportuno, ni conveniente”, enfatizó.